Como ya os explicamos, en nuestra entrada sobre alquiler de embarcaciones no es necesario ningún titulo para embarcaciones a motor con una potencia máxima de 11,26 kilovatios (15,3CV) y hasta 5 metros de eslora, las de vela hasta 6 metros de eslora y los típicos flotantes de playa (a excepción de las motos náuticas). Para estos no es preciso estar en posesión de las titulaciones comentadas, siempre que no se alejen a más de 2 millas náuticas de un puerto o lugar de abrigo y la actividad se realice de día.
Sin embargo, existe la posibilidad de sacarse la licencia de navegación (si necesitas gobernar un barco de más de 15,3 CV de potencia es obligatorio), que certifica tus atribuciones para el gobierno de motos náuticas de clase C y embarcaciones de recreo de hasta 6 metros de eslora y una potencia de motor adecuada a las mismas según su fabricante, que habilitarán para la realización de navegaciones diurnas siempre que no se alejen más de 2 millas náuticas en cualquier dirección de un puerto, marina o lugar de abrigo.
Mi marido optó por el titulo más polivalente y con el que tienes unos conocimientos de navegación más completos, el PER. Seguro que os suena. Para conseguir la titulación de PER o PNB tienes que realizar un examen teoríco y realizar prácticas con una embarcación de motor. El exámen de PER conlleva horas de estudio y dominar las cartas náuticas. Sí, sí, he visto a mi marido practicar con el compás y el cartabón, como cuando íbamos al instituto.
Para navegar a vela necesitas prácticas de vela especificas adicionales, si tienes la posibilidad puedes sacarte el título y realizar las prácticas en la escuela del puerto de Mahón Denautica que es dónde lo hicimos nosotros. Como teníamos muchos días por delante de vacaciones en Menorca nos fue fácil encontrar tiempo para realizar las 16 horas de navegación y otras tantas de radio en la escuela de Miguel Olivés.
También es necesario aportar un certificado médico similar al del del carnet de conducir pero específico para la titulación. Para sacarse la licencia de navegación solo son necesarias dos horas de teoría y cuatro de práctica en una embarcación para tener los conocimientos mínimos de seguridad. En la escuela Denautica, las prácticas se realizan también en un barco de 12 metros lo cual es toda una experiencia. Las fotos que veis son de un día en el que nos invitaron a toda la familia durante las prácticas ¡Qué buenísima ida! Nos encantó.
La verdad es que los profesores de la escuela hacen que las horas de teoría y de prácticas en un día soleado se conviertan en una maravillosa experiencia de navegación en un barco de 12 metros. Después de sacaros el título o si ya lo tenéis, podéis alquilar las embarcaciones en la empresa Saraya que tiene su sede en el Club Náutico de Mahón.
A continuación os dejo el detalle de todas las posibilidades que tenéis para obtener una titulación náutica:
La licencia de navegación y los títulos de patrón para navegación básica y patrón de embarcaciones de recreo se pueden obtener de forma directa. Sin embargo para la obtención de los títulos de patrón de yate y capitán de yate será necesario estar en posesión del título inmediatamente inferior.
¿Cuales son las atribuciones de cada titulación? Dependerá de la distancia a la costa a la que quieras desplazarte y la eslora (longitud de la embarcación):
a) Capitán de yate:
1.º Gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 24 metros de eslora, que faculta para la navegación sin límites geográficos.
2.º Gobierno de motos náuticas, dentro de los límites específicos de navegación aplicables a éstas, de acuerdo con sus características técnicas.
b) Patrón de yate:
1.º Gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 24 metros de eslora, que faculta para navegar en la zona comprendida entre la costa y una línea paralela a la misma trazada a una distancia de 150 millas náuticas.
2.º Gobierno de motos náuticas, dentro de los límites específicos de navegación aplicables a éstas, de acuerdo con sus características técnicas.
c) Patrón de embarcaciones de recreo:
1.º Gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 15 metros de eslora, que faculta para navegar en la zona comprendida entre la costa y una línea paralela a la misma, trazada a 12 millas de ésta.
2.º Gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 15 metros de eslora, que faculta para la navegación entre islas dentro del archipiélago balear y canario.
3.º Gobierno de motos náuticas, dentro de los límites específicos de navegación aplicables a éstas, de acuerdo con sus características técnicas.
d) Patrón para navegación básica:
1.º Gobierno de embarcaciones de recreo a motor, de hasta 8 metros de eslora, siempre que la embarcación no se aleje más de 5 millas en cualquier dirección de un puerto, marina o lugar de abrigo.
2.º Gobierno de motos náuticas, dentro de los límites específicos de navegación aplicables a éstas, de acuerdo con sus características técnicas.
Para los que queráis entrar en detalle, todos los requisitos están publicados en el BOE
2 Comments
Debe de ser una experiencia increíble, a nosotros nos pilla un poco lejos el mar, pero cuando hemos tenido oportunidad con algún amigo que tiene barco, lo hemos disfrutado a tope.
Muchas gracias Encarnación por leerme y dar tu opinión. Al estar lejos aún lo disfrutas más seguro. Besos